Audio: Periodismo en 30 programa 4

Cuando se acerca el período electoral la ciudad se llena de carteles de las distintas agrupaciones políticas. El Artículo 2° de la Ley N° 17.045 de Partidos Políticos define a la publicidad electoral como “aquella que se realiza a través de piezas elaboradas especialmente, con criterios profesionales y comerciales”. Se excluyen de esta definición, la difusión de información sobre actos políticos y actividades habituales del funcionamiento de los partidos, así como la realización de entrevistas periodísticas.

Los carteles políticos se utilizan principalmente en períodos electorales, para exponer a los candidatos y difundir sus propuestas; es una forma de mostrarse a la población.

Fuentes del Servicio Central de Inspección General de la Intendencia mencionaron cierto incumplimiento de la reglamentación por parte de los distintos partidos políticos.

Según el portal de la Intendencia de Montevideo la misma Intendencia se reunió con participantes de los partidos políticos para recordar los detalles de la normativa vigente y les solicitó especial colaboración para mantener el cuidado de la ciudad.

Producción: Nadja Fast, Melanie Quiring, Leticia Sprunck.

Escuchá el audio o descargalo aquí.